CONVENIO
COLEGIO
NACIONAL DE PERIODISTAS Y
MULTINACIONAL
DE SEGUROS
Estimadas y estimados colegas, se les anexa
información referida al presente convenio
HCM, ODONTOLOGÍA Y VEHÍCULO
ESPECIFICACIONES
PARTICULARES: Seguro de
Hospitalización, Cirugía y Maternidad
1.
Objeto del
Seguro:
Basado en las declaraciones presentadas por
el Contratante o El Tomador contenidas en la Solicitud de Seguros, Multinacional de Seguros, C.A se compromete a
indemnizar los gastos razonables, usuales y acostumbrados incurridos por el
Asegurado, por concepto de atención médica, hospitalización, cirugía y
maternidad, siempre y cuando tales gastos se originen como consecuencia directa
de una enfermedad, accidente, intervención quirúrgica o embarazo cubierto y
ocurrido durante la vigencia de la Póliza, de acuerdo con los límites y
condiciones suscritas.
2.
De las Sucursales y Clínicas Afiliadas:
Multinacional de Seguros, C.A. tiene a su disposición 56 Sucursales
distribuidas a Nivel Nacional, las cuales cuentan con personal altamente
capacitado, dispuesto a servirle y asesorarle, garantizando así la correcta
utilización de las coberturas contratadas. Estas sucursales son autónomas en el
servicio, incluyendo el pago de siniestros y otorgamiento de cartas avales, así
como cualquier otro requerimiento que el asegurado estime realizar.
Asimismo,
contamos con una amplia red de clínicas afiliadas de prestigio a Nivel Nacional, a través de las cuales le
ofrecemos los servicios de activación de cobertura por emergencia las
veinticuatro (24) horas y los trescientos sesenta y cinco (365) días del año,
así como cartas avales para cirugías electivas o planificadas con tiempos de
respuestas máximos en cuarenta y ocho (48) hora, una vez cumplidos todos los
procesos necesarios para su otorgamiento.
3.
De la Gerencia
Médica:
Multinacional de Seguros, C.A, dentro de su
estructura organizacional cuenta con una Gerencia Médica con profesionales
altamente capacitados, preparados, dispuestos a asesorar y evaluar los
siniestros incurridos por nuestros asegurados con el fin de determinar la veracidad de los diagnósticos presentados.
Para lograr el objetivo, dicha Gerencia
cuenta con una estructura acorde para la evaluación médica pre y post
hospitalaria o quirúrgica, corroborando así que las mismas estén dentro de las
coberturas contratadas por el cliente.
4.
De los servicios
a ofrecer:
·
Activación de
Cobertura por Emergencia: Servicio telefónico a Nivel Nacional
en Clínicas Afiliadas que ofrece Multinacional de
Seguros, C.A al asegurado, en caso de emergencia
médica donde sea necesaria la atención inmediata, siempre y cuando la póliza
esté técnicamente activa y la patología
que origine dicho requerimiento este amparada.
·
Carta Aval: Servicio que ofrece Multinacional de Seguros, C.A
al asegurado, mediante el cual se
emite un compromiso escrito, en caso de requerir atención médica para
hospitalizaciones o intervenciones quirúrgicas electivas o planificadas en
Clínicas Afiliadas, siempre y cuando la póliza esté técnicamente activa y la
patología que origine dicho requerimiento esté amparada. Su emisión será dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la
complementación de los documentos (ver folleto anexo) y/o procesos (segunda opinión médica) necesarios
para el otorgamiento de este servicio.
·
Reembolsos: Las indemnizaciones a que hubiere lugar según el presente Contrato, se
pagarán con base a las certificaciones médicas amplias y detalladas del
diagnóstico y tratamiento efectuado, informaciones de instituciones
hospitalarias afiliadas o no, documentos,
facturas y récipes originales concerniente a los servicios dispensados
al asegurado durante la vigencia del Contrato. Para
hacer efectiva la indemnización correspondiente, el Asegurado Titular deberá
formular la reclamación por escrito en
los formularios previstos para tal fin,
acompañada de los recaudos anteriormente señalados dentro de los treinta
(30) días continuos siguientes a la terminación de la atención médica,
hospitalización o intervención quirúrgica. Para casos de accidente, este
período de treinta (30) días se contará
a partir de la fecha de ocurrencia del incidente. Para el pago de siniestros, se
establece como máximo treinta (30) días hábiles una vez recibidos todos los
documentos a satisfacción de la Aseguradora.
·
Consulta de Atención Médica Dirigida: Consiste en un servicio de consulta médica guiada con el
fin de determinar si el asegurado requiere de atención y/o tratamiento médico,
siendo limitado este beneficio a 10 consultas por persona y por año póliza.
Este servicio suministra a los asegurados, de ser necesario, referencias a
médicos especialistas y/o servicios auxiliares tales como: Rayos X, Laboratorio
y cualquier otro estudio cubierto y necesario para la detección del diagnóstico
presentado. Este
servicio se activa solo cuando el asegurado presente un cuadro de dolencia y/o
trastornos de salud que impida el funcionamiento normal de las actividades
diarias del asegurado y que no ponga en riesgo su vida. Funciona de manera curativa y no
preventiva, por lo que los chequeos y controles médicos no se encuentran
amparado bajo este servicio. El asegurado que requiera
el servicio, escoge el médico o Centro
afiliado al cual desea acudir, solicita la cita vía telefónica y contacta
posteriormente al personal de Consulta Médica dirigida por correo (reclamos.especiales@multinacional.com.ve),
personalmente ante nuestras oficinas o por el número telefónico 0212-620.3244.
Una vez recibida toda la información pertinente (nombre del paciente, Cédula de
Identidad, Sintomatología, Centro afiliado escogido), Multinacional verifica
los síntomas y siempre que no se encuentre excluido de las condiciones de
contrato, emite el servicio en un plazo no mayor de 24 horas a nombre del
centro y/o médico solicitado, entregándole al paciente un (1) juego de dicha
orden, la cual deberá presentar ante el centro médico o consultorio afiliado.
·
MATERNIDAD: Esta cobertura es exclusiva para las Aseguradoras Titulares, Cónyuge o
concubina del titular hasta los 40 años de edad. Beneficios amparados hasta los
límites de la cobertura contratada: Parto Normal, Fórceps o Instrumental,
Alumbramiento por Cesárea, complicaciones del embarazo, terminación espontánea
o terapéutica del embarazo. Gastos pre y post natales, gastos del recién nacido
mientras permanezca internado como consecuencia directa de su nacimiento. Para
el caso de partos múltiples se incrementará la cobertura en un 50%.
·
Servicio Odontológico: Ampara los tratamientos de las patologías más frecuentes
que afectan la Salud Dental. Hasta cantidad contratada por esta cobertura.
¿Qué ampara?
a)
Examen Clínico, Historia Clínica, Diagnóstico, Plan
de Tratamiento.
b)
Prevención: Sellantes de Fosas y Fisuras,
Aplicaciones tópicas de Flúor.
c)
Periodoncia: Tartrectomía y Pulido.
d)
Restauradora: Amalgamas, Resinas Fotocuradas
Anteriores (incisivos y caninos), Resinas Fotocuradas Posteriores (bicúspides y
molares), Vidrios Ionoméricos.
e)
Cirugía: Exodoncias Simples.
f)
Endodoncia: Tratamientos mono y multirradiculares.
g)
Emergencias: Protésicas, Periodontales,
Endodónticas.
Radiografías
Panorámicas.
¿Cómo Funciona?
1.
Elegir
Odontólogo de acuerdo a nuestra amplia red de profesionales a nivel nacional.
2.
Solicitar
orden de servicio en las oficinas de Multinacional de Seguros o por el correo reclamos.especiales@multinacional.com.ve, el asegurado concertar cita con el Odontólogo elegido la orden le llegara por el mismo correo que la envío.
3. Cuando el
asegurado se dirija a la consulta con el Odontólogo deberá llevar la orden que
le envió el analista para la consulta.
4.
El
afiliado y/o beneficiario debe firmar la orden de servicio el día que inicie el
tratamiento y una vez culminado el mismo.
Ventajas:
Ø No se necesitan
exámenes previos, basta llenar la solicitud
Ø Sin plazo de
espera amparando patologías dentales preexistentes
Ø Sin límite de
consultas y cantidad de tratamientos cubiertos
Ø Servicio de
orientación telefónica de emergencia las 24 horas del día
Ø Amplia red de
Odontólogos en el ámbito Nacional
Ø Convenios con
profesionales que permitirán obtener descuentos
en aquellos tratamientos no amparados por la póliza, quedando entendido
que dicho tratamiento será amparado por el paciente.
Ø Pronto pago a proveedores
(Odontólogos Afiliados)
Ø Visitas a
nuestros proveedores para control y verificación de la calidad del servicio.
Exclusiones:
·
Anestesia general o sedación en niños y adultos
·
Malformaciones congénitas relacionadas con la
cavidad bucal
·
Enfermedades y tratamientos de distonías maxilo
faciales
·
Radioterapia y quimioterapia
·
Prótesis dental de cualquier tipo.
·
Cualquier tratamiento no indicado en la sección de
coberturas.
REEMBOLSO: Este
Beneficio no contempla la modalidad del pago contra reembolso, salvo en
aquellos casos donde:
1. Al
paciente se le presente una emergencia odontológica amparada por el contrato y
que la misma demuestre la necesidad inmediata de atención (Fracturas).
2.
En la zona donde se encuentre el mismo, no
existan odontólogos afiliados a la red.
· ASISTENCIA MÉDICA
DOMICILIARIA MEDIPHONE: En caso de necesidad, el
Asegurado podrá efectuar, a MEDIPHONE una consulta médica telefónica
relacionada con cuadros patológicos.En situación de Emergencia o Urgencia, el
Beneficiario o quien acompañe a éste, se comunicará directamente por el teléfono 0212-2107018, y en cada caso
indicará al analista que lo atienda el lugar donde se encuentra el Beneficiario
y los datos de identificación que abajo se mencionan. Inmediatamente después de
la validación de los referidos datos, se coordinará la prestación de los
servicios especificados en la Cláusula 3. “Coberturas” del Anexo MEDIPHONE,
según corresponda. Estos servicios serán prestados durante las veinticuatro
(24) horas del día y los trescientos sesenta y cinco (365) días del año.
A tal efecto, el
Beneficiario deberá suministrar a MDS la
siguiente información:
- Nombre y Apellidos,
de la persona que realiza la llamada.
- Número de Póliza.
- Dirección.
- Tipo de servicio.
- Número de teléfono
de contacto.
Esta información médica podrá versar sobre los siguientes aspectos:
- Sugerencia médica
en determinadas patologías.
- Centros médicos
donde acudir para un tratamiento ambulatorio.
- Farmacias de turno
cercanas al domicilio del Beneficiario.
- Consejos ante
emergencias médicas.
- Medicina
preventiva.
- Consejos de salud.
Envió de Medico a Domicilio:
Una vez completado el protocolo de atención médica telefónica, y este
determine que se requiere la presencia de un médico en el domicilio del
Asegurado, se procederá de inmediato con
el envío de la unidad de atención médica domiciliaria.
Servicio de Traslado en Ambulancia:
Una vez completado el protocolo de atención médica telefónica, y éste
determine que se requiere el traslado urgente del Asegurado a una clínica
afiliada a la Red, el Operador Médico
procederá de inmediato con el
envío de una ambulancia para efectuar el traslado.
ESPECIFICACIONES
TÉCNICAS
1.
Personas
Asegurables:
Descripción |
Admisibilidad
|
Permanencia
|
Titulares
|
65 años
|
Ilimitada
|
Cónyuge
|
65 años
|
Ilimitada
|
Hijos
|
25 años
|
Hasta 25 años
|
Padres
|
65 años
|
Ilimitada
|
2.
COBERTURA
Multinacional de Seguros C.A, les ofrece la opción de Contratar una
póliza con las sumas aseguradas que el Colegió Nacional de Periodista C.A, y se
encargara de indemnizar los gastos médicos ocasionados por atenciones médicas,
hospitalizaciones o intervenciones quirúrgicas que sean médicamente necesarias,
a las cuales deba someterse el asegurado, por cada enfermedad o accidente
originado durante la vigencia de la póliza.
Suma Asegurada Básica:
|
100.000,00
|
150.000,00
|
Deducible:
|
500,00
|
500,00
|
Reembolso:
|
100%
|
100%
|
Eliminación de los Plazos de Espera:
|
SI
|
SI
|
Cobertura para enfermedades preexistentes y
congénitas:
|
SI
|
SI
|
Maternidad:
|
30.000,00
|
30.000,00
|
Cobertura SIDA:
|
20.000,00
|
20.000,00
|
Deducible SIDA:
|
500,00
|
500,00
|
Vigencia y Forma de Pago: Semestral
|
|
|
Primas del Semestre por Parentesco y Grupos de Edades:
|
Prima
Individual |
Prima
Individual |
Titulares y/o Cónyuges Masculinos hasta 40 años
|
4.436,70
|
4.655,20
|
Titulares y/o Cónyuges Masculinos de 41 a 60 años
|
5.911,00
|
6.207,70
|
Titulares y/o Cónyuges Femeninos hasta 40 años
|
4.857,60
|
5.099,10
|
Titulares y/o Cónyuges Femeninos de 41 a 60 años
|
6.750,50
|
7.090,90
|
Hijos de 0 a 17 años
|
3.088,90
|
3.238,40
|
Hijos de 18 a 25 años
|
4.013,50
|
4.211,30
|
Titulares y Beneficiarios entre 61 y 70 años
|
11.589,70
|
12.183,10
|
Titulares y Beneficiarios entre 71 y 80 años
|
14.956,90
|
15.725,10
|
Titulares y Beneficiarios entre 81 y 90 años
|
17.061,40
|
17.940,00
|
3. INICIO DE LA COBERTURA
Fecha Efectiva: La cobertura será efectiva en forma inmediata para cada
asegurado titular y su grupo familiar asegurado, si los mismos son inscritos en
la póliza simultáneamente dentro de los treinta (30) días continuos, siguientes
a la fecha de contratación del Asegurado Titular, por parte del contratante. En
este caso quedarán eliminados los plazos de espera.
En caso que surja una nueva relación familiar, (matrimonio del
asegurado titular, nacimiento de un nuevo hijo), los mismos podrán incluirse
dentro de un plazo de treinta (30) días continuos, contados a partir de la
fecha en que surja la relación familiar, sin que apliquen los plazos de espera,
anexando a la solicitud de póliza de seguros una copia del Acta de Matrimonio
/Concubinato, o Certificado de Nacimiento, según sea el caso.
4.
BENEFICIOS Y SERVICIOS:
Se Eliminan los Plazos
de Espera y Tendrán Cobertura las Enfermedades Preexistentes y Congénitas especificados en las Cláusulas N° 6 (Plazos de Espera), la Cláusula N° 8
(Exclusiones Temporales) y la Cláusula N° 2 (Plazos de Espera Cobertura
Opcional de Maternidad), de las Condiciones Particulares del Condicionado de
Multiplatinum, para el grupo inicial y solo para todos aquellos asegurados que
se inscriban en la póliza dentro de los treinta (30) días siguientes a su fecha
de contratación y para aquellos nuevos familiares que se inscriban en al póliza
dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha de su vínculo familiar.
· Plazo de Espera: Es el
período que debe transcurrir desde la fecha efectiva de la vigencia del primer
año del contrato, para tener derecho a los beneficios de la póliza. Las personas (Titulares y/o Beneficiarios) que se incluyan en fechas
posteriores a las antes indicadas, deberán superar todos los Plazos, incluyendo
los antes mencionados, descritos en el Condicionado General y particular de la
Póliza.
· Cobertura básica y ambulatoria por
beneficiario y enfermedad hasta por el monto de la suma asegurada contratada.
· Cobertura en cualquier lugar del mundo al
costo razonable del servicio prestado en Venezuela.
· Para la comodidad y tranquilidad de nuestros
asegurados Multinacional de Seguros, C.A le ofrece el Centro de Atención Telefónica
a través del 0-501-MULTSEG que le brinda información de su póliza, sobre
clínicas afiliadas, orientación ante la presencia de un siniestro, atención
para Servicio de Emergencias (Claves de Ingresos) las 24 horas del día los 365
días del año.
· Red de Clínicas y Ambulatorios a Nivel
Nacional.
· Estudios de Siniestralidad, debidamente
soportados por las estadísticas de siniestros incurridos en un período
determinado para el control de la siniestralidad.
· Los porcentajes de Reembolso y Deducibles
serán aplicados tanto en Clínicas Afiliadas como en las No Afiliadas.
Cirugía o
tratamiento de refracción de la vista igual
o mayor de 3.5º de dioptrías
PÓLIZA DE VEHÍCULO
Deben enviar las
especificaciones del vehículo para la cotización al correo joaquin.isturiz@gmail.com
El Asesor del seguro es: Joaquín
Istúriz Telf. 0212-2411258 Cel. 0412-2160096 /0426-5361636
Al
trasladarse hasta Multinacional de Seguros de San Carlos deben señalar que
pertenecen a la Flota del CNP
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